Como Inspector recibe a mediados de enero, a unos padres del Colegio San Esteban de los Campos Ecuestres, centro público de la localidad de Villabajo, localidad donde existen 3 colegios de Primaria, un Instituto de Secundaria, y un centro concertado. Estos padres tienen dos hijos en el centro precitado, en los cursos 3º y 5º de Primaria. Comentan que el mayor, la profesora de Inglés lleva tiempo que no imparte docencia de forma adecuada, de hecho prácticamente tiene el cuaderno vacío, y en el libro los ejercicios que ha realizado están sin corregir, y mal realizados ya que el niño no entiende el enunciado, como asegura que no entienden la mayoría de los niños de la clase. Además en la clase hay mucho ruido, y prácticamente hacen lo que les da la gana.
Solicita el cambio inmediato de centro, tanto de él como del hermano, preferentemennte al centro concertado ya que es donde quiere llevarlo al niño mayor a cursar la ESO, y si no es posible a otro de los centros públicos de la localidad.
1.- Pronunciése como Inspector y redacte el Informe correspondiente.
Un caso práctico debe resolverse siguiendo unos pasos concretos:
1.- LEER EL CASO
2.- RELECTURA SUBRAYANDO AQUELLO QUE ESTÉ RELACIONADO CON LAS COMPETENCIAS DE INSPECCIÓN
- Como Inspector recibe a mediados de enero, a unos padres del Colegio San Esteban de los Campos Ecuestres, centro público de la localidad de Villabajo, localidad donde existen 3 colegios de Primaria, un Instituto de Secundaria, y un centro concertado. Estos padres tienen dos hijos en el centro precitado, en los cursos 3º y 5º de Primaria. Comentan que el mayor, la profesora de Inglés lleva tiempo que no imparte docencia de forma adecuada, de hecho prácticamente tiene el cuaderno vacío, y en el libro los ejercicios que ha realizado están sin corregir, y mal realizados ya que el niño no entiende el enunciado, como asegura que no entienden la mayoría de los niños de la clase. Además en la clase hay mucho ruido, y prácticamente hacen lo que les da la gana.
- Solicita el cambio inmediato de centro, tanto de él como del hermano, preferentemennte al centro concertado ya que es donde quiere llevarlo al niño mayor a cursar la ESO, y si no es posible a otro de los centros públicos de la localidad.
3.- SÍNTESIS DEL CASO
- ¿QUIÉN INICIA ACTUACIÓN?
- Profesor
- Padre / madre / tutor legal
- Alumno mayor de edad
- Miembro equipo directivo
- Un tercero perjudicado por actividades centro docente
- Oficio
- ¿A QUIÉN AFECTA?
- Alumnado
- Centros Públicos
- Centros Concertados
- Profesorado
- Centros Públicos
- Centros Concertados
- ¿QUIÉN ES EL CAUSANTE DEL PERJUICIO?
- Alumnado
- Centros Públicos
- Centros Concertados
- Profesorado
- Centros Públicos
- Centros Concertados
- ¿QUÉ PIDE?
- ¿QUÉ ARGUMENTOS EXPONE?
- APLICACIÓN AL CASO CONCRETO
- En este caso se trata de un padre de dos alumnos de 3º y 5º de Primaria, de un Centro Público, siendo el perjudicado el alumno mayor (5º Primaria), siendo el causante del supuesto perjuicio (nadie es acusado mientras no se demuestre su implicación) la profesora que imparte Inglés en 5º Primaria, solicitando un cambio de centro, para lo cual argumenta la supuesta incompetencia docente.
4.- PROBLEMAS PRIMARIO Y SECUNDARIO
- El problema primario es la demanda principal que se extrae del supuesto práctico, si hay varias, la más general y de la que posteriormente pueden extraerse el resto.
- Los problemas secundarios son los que nos vamos encontrando en el intento de resolver el principal,
- Hay también otros problemas accesorios, que son aquellos que expone el demandante sobre los que no solicita ejecución al respecto.
- APLICACIÓN AL CASO CONCRETO
- El problema principal es la solicitud del cambio de centro, qué tenemos que comprobar en nuestra actuación si es procedente o no.
- No hay más demandas, por lo que nuestra actuación se puede ver satisfecha de cara al demandante con la respuesta favorable o desfavorable a su petición.
- Hay otro problema, que en principio consideramos accesorio, como es la supuesta incompetencia docente, una vez conocida, debemos de oficio comprobar el alcance de esta información.
5.- LEGISLACIÓN APLICABLE
- La legislación aplicable para el cambio de centro es la legislación aplicable para escolarización
- Decreto 2/2007, de 16 de enero, de admisión del alumnado (DOCM de 19 de enero), modificado por Decreto 163/2012 (DOCM de 27 de diciembre)
- Orden de 22 de enero de 2007, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de desarrollo del Decreto de Admisión (DOCM de 31 de enero), modificada por Orden de 15 de enero de 2013 (DOCM de 17 de enero).
- Apartado 20ª plazo extraordinario de admisión
- Resolución de 18 de enero de 2016, de la DG de Programas, de Atención a la Diversidad y Formación Profesional, por la que se publica la convocatoria de admisión para 2016/2017.
- Criterios de adjudicación
- Hermanos matriculados o padres trabajando en centro
- Hermanos matriculados 10 puntos
- Padres trabajando 8 puntos
- Proximidad domicilio
- Domicilio familiar localidad 10 puntos
- Domicilio laboral localidad 8 puntos
- Domicilio familiar provincia 3 puntos
- Domicilio familiar provincia CLM limítrofe 2 puntos
- Rentas anuales unidad familiar
- Renta per cápita inferior al doble IPREM (2014: 14.910,28) sumando casillas 366 y 374 (bases imponibles general y ahorro)
- Discapacidad alumno o padres o hermanos 2 puntos
- Familia numerosa 2 puntos
- Expediente (Bachillerato) máximo 5 puntos
- Nota media 1º - 3º si están si acceden desde GESO
- Nota media 1º - 4º si cambian de centro habiendo iniciado Bachillerato
6.- PLAN ACTUACIÓN Y SEGUIMIENTO
- Revisión legislación para comprobar la procedencia o no del cambio de centro por los motivos alegados.
- Comunicación al Director del centro y solicitud de Informe sobre conocimiento sobre la queja de incompetencia docente de la profesora de Inglés de 5º de Primaria, y solicitud de remisión de la Programación Didáctica de Inglés de 5º de Primaria (en realidad se tiene desde octubre, pero se reitera solicitud para que el responsable del centro sea consciente de lo qué se va a valorar y evaluar).
- Revisión Programación Didáctica: contenidos, criterios de evaluación, estándares de aprendizaje evaluables, relación entre estos tres elementos, y relación entre grado de desempeño en los estándares de aprendizaje y los criterios de calificación. También metodología, recursos didácticos y actividades complementarias.
- Emisión informe si no existe adecuación entre estos elementos prescriptivos, e indicaciones sobre aspectos metodológicos y de recursos didácticos
- En función de la información recibida del Director (Informe) y del análisis de la Programación, continuidad de la investigación o archivo de la misma.
- Cuando se visite el centro, se visitará el aula de 5º Primaria en alguna sesión de Inglés, aunque no se continúe con la investigación.
- El seguimiento consistirá en:
- Actuaciones administrativas tras la decisión de considerar no favorable la solicitud del demandante.
- La comprobación de que no existen quejas sobre esta profesora en el área de Inglés ni en otras áreas o tareas que desempeñe esta profesora.
7.- INFORME
Ciudad, a 20 de enero de 2016
ASUNTO: Cambio de centro en plazo extraordinario.
ORIGEN: Servicio de Inspección de Educación.
DESTINO: Director/a Provincial de Educación, Cultura y Deportes.
SOLICITANTE: Sr. Presidente de la Comisión Provincial de Garantías de Admisión de Alumnos.
D. Fulano de Tal y Pascual, Inspector/a de Educación, en relación con la solicitud de cambio de centro en plazo extraordinario suscrita por los padres o tutores legales del alumno Menganito Noestudia Nada, con fecha de registro 12 de enero de 2016.
INFORMA
1. Descripción de hechos
1.1. El citado alumno MENGANITO NOESTUDIA NADA, se encuentra matriculado en 5º curso de Primaria, en el centro docente CEIP "San Esteban de los Campos Ecuestres" de la localidad Villabajo (Cuenca).
1.2. Los motivos que alegan para el cambio de centro del alumno/a son la estimación de que la profesora de Inglés no posee competencia para la impartición de dicha área, sin acreditación documental
2. Normativa aplicable
2.1. Orden de 22-01-2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, de desarrollo del proceso de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas del segundo ciclo de E. Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en Castilla-La Mancha (DOCM de 31 de enero).
3. Valoración de la solicitud de acuerdo con la normativa vigente
3.1. El apartado 20.º de la citada Orden, sobre el plazo extraordinario de admisión, establece que las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia, bajo la supervisión de la Comisión Provincial de Garantías de Admisión, coordinarán con los centros educativos la escolarización del alumnado que solicite puestos escolares en los centros públicos o privados concertados que imparten las enseñanzas referidas a dicha Orden, una vez finalizado o iniciado el nuevo curso escolar, bien por traslado o por cualquier otra circunstancia que, a juicio de dicha Comisión, así lo precise. No tendrán esta consideración las solicitudes de cambio de centro que no cuenten con informe favorable del Servicio de Inspección.
3.2. Los motivos alegados por el/la solicitante no justifican el cambio de centro.
PROPUESTA
A la vista de lo anteriormente expuesto, se informa desfavorablemente la solicitud de cambio de centro.
(Si hubiese sido favorable hubiéramos añadido: En su caso, escolarícese en el centro que cuente con vacantes y comuníquese la resolución al centro de procedencia y al centro de destino).
Vº Bº
El Inspector Jefe El Inspector de Educación
Fdo.: XXXXXXXXXXXXX Fdo.: Fulano de Tal y Pascual
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